AL SR. JEFE DEL SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS,  MIGUEL MENDO.

 

La Sección Sindical de la Confederación General del Trabajo en el Ayuntamiento de Zaragoza, con motivo de la situación de convocatoria de huelga del pasado verano y la modificación de la Instrucción DEP-IN 06-03 sobre gestión de plantillas, necesita aclarar la situación tanto al personal municipal, como a la Jefatura del Servicio como a la Concejalía de Deportes ante la sospecha de que el proceso pueda no haber quedado claro para alguna de las partes. Con motivo de aclararlo decimos:

PRIMERO. La Sección Sindical de CGT en este Ayuntamiento, convocó huelga a petición de una asamblea de trabajadores, no sólo de afiliados. El impedimento legal de que los trabajadores puedan convocar un derecho fundamental como el de huelga o el de asamblea por sí mismos y que sólo pueda realizarse desde los sindicatos es lo que impulsa a CGT a proporcionar cobertura a este derecho legítimo a quien lo solicita si así lo respalda la asamblea de la afiliación o la de delegados y delegadas según proceda. No es necesario que quien lo solicite pueda no ser ni una cosa ni otra.

SEGUNDO. Cuando se convoca huelga por cualquier motivo, el ámbito de las negociaciones del contenido de las reivindicaciones de la huelga pasa a ser competencia del comité de huelga, no de los sindicatos. El hecho de que se convocara una reunión de las Secciones Sindicales cuando lo que procedía era una reunión con el comité de huelga, pensamos que fue motivo de una equivocación, y no de un intento de ningunear al comité de huelga. Es fácil que no se entienda el funcionamiento de CGT, donde la capacidad de decisión está en manos del trabajador y no en una minoría si se procede de otras organizaciones en las que quien decide es una ejecutiva. Si no se hubiese dado el hecho de coincidir la figura de delegado sindical de algún miembro del comité de huelga, podría haberse llegado a la situación de que nadie del comité de huelga hubiese estado presente. Situación muy grave a nuestro juicio.

TERCERO. El acuerdo de suspender la huelga, es adoptado por asamblea de trabajadores. El comité de huelga comunica su decisión a la Sección de CGT que la desconvoca.

CUARTO. La modificación de la citada Instrucción de trabajo DEP-IN 06-03, NO CUENTA CON LA FIRMA DE CGT NI CON SU VISTO BUENO. CGT, igual que el resto de Secciones Sindicales de este ayuntamiento firmantes del pacto convenio, exigieron por escrito ya en su día, el cumplimiento del Pacto-Convenio vigente. Esa y no otra es la postura de esta Sección Sindical que exigirá que dicha instrucción se ajuste a lo firmado con todos los actores competentes, aceptando sólo aquellos postulados que mejoren las disposiciones del convenio. Nunca se firmará ni se ha firmado minoración de derecho alguno.

QUINTO. La disposición de la instrucción DEP-IN 06-03 que dice que los trabajadores accederán a la compensación de las horas extras únicamente en dinero sigue siendo contraria al convenio. Es derecho de todo el personal compensarla en tiempo o en dinero, y eso es lo que defenderá CGT, e imaginamos que cualquier otra Sección Sindical del Ayuntamiento con igual énfasis.

SEXTO. Hemos considerado aclarar la situación ya que el matiz nos parece sobradamente importante. Más aún cuando la existencia de disposiciones de esta instrucción que eran contrarias a convenio en el pasado sí que fueron avaladas con firma de otras Secciones Sindicales, hecho que dificultaba su denunciabilidad. Hoy, esta instrucción es aplicada de forma unilateral por parte del Servicio y sin ningún acuerdo Sindical ya que se entendió que algunas disposiciones de la misma podían ser perjudiciales o vulnerar otros acuerdos alcanzados. La ley permite al empresario imponerlas si este justifica la negociación con los sindicatos. Este es el sostén legal de la Instrucción en estos momentos. Esperamos que próxima instrucción se ajuste al convenio al 100% y que pueda plasmarse la firma de CGT en la misma, hecho que no ha ocurrido jamás.

SÉPTIMO. Se colgará copia en la web y se distribuirá en el próximo moscón.