BASES CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 11 PLAZAS DE GRUPO/SUBGRUPO C2, MEDIANTE TURNO LIBRE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL Y SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO-OPOSICIÓN
BOP. 245 24/10/2018
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
ÁREA de Servicios Públicos y Personal
Oficina de Recursos Humanos
En cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de noviembre de 2017 por el que se aprueba la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Zaragoza del año 2017, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración pública, se convocan procesos selectivos para la provisión de plazas del grupo C2 mediante ingreso por el turno libre de consolidación de empleo temporal, con sujeción a lo dispuesto en las bases siguientes:
Primera. — Normas generales.
1.1. Es objeto de estas bases y su consiguiente convocatoria la provisión de las plazas que a continuación se relacionan e identificadas en el anexo I, mediante ingreso por el turno libre de consolidación de empleo temporal, pertenecientes a la plantilla de funcionarios y clasificadas en el grupo/subgrupo C2.
- Escala de Administración especial:
—Una plaza de oficial.
—Una plaza de oficial albañil.
—Una plaza de oficial carpintera/o.
—Una plaza de oficial fontanera/o.
—Una plaza de oficial inspector/a.
—Una plaza de oficial mecánica/o.
—Una plaza de oficial planta potabilizadora.
—Una plaza de oficial cementerio.
—Dos plazas de oficial guardallaves.
- Escala de Administración general:
—Una plaza de auxiliar administrativa/o.
1.2. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, que constará de una fase de concurso de naturaleza no eliminatoria y de una fase de oposición.
En ningún caso los puntos obtenidos en la fase de concurso podrán servir para superar ejercicios suspendidos en la fase de oposición.
1.3. El lugar, día y hora de celebración del primer y segundo ejercicio de la oposición se publicará en el BOPZ.
1.4. Los programas que han de regir los procesos selectivos son los establecidos en el anexo II que se acompaña a las presentes bases.
1.5. Las atribuciones establecidas a favor de los órganos resolutorios y servicios municipales que se determinan en las presentes bases se entenderán referidas a los mismos, o, en su caso, a los órganos y servicios que ostenten la atribución en cada momento.
1.6. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local; Decreto legislativo de la Diputación General de Aragón de 19 de febrero de 1991, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón; Decreto de la Diputación General de Aragón de 10 de junio de 1997, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Carrera Administrativa y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón, y supletoriamente el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo la exposición en el tablón de anuncios, sito en el edificio Seminario (vía Hispanidad, 20).
Asimismo, se podrá obtener información en relación a estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal calificador en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza, cuya dirección es www.zaragoza.es, así como en el número de teléfono de información municipal 010.
1.8. De acuerdo a la normativa de protección de datos de carácter personal, se informa que los datos de carácter personal facilitados por cada aspirante para estos procesos selectivos serán incorporados a un fichero denominado “Oposiciones”, cuyo titular es el Ayuntamiento de Zaragoza.
Este fichero se utilizará para la gestión de las solicitudes y posterior participación en los procesos selectivos (convocatoria de empleo) organizados por el Ayuntamiento de Zaragoza, el cual no podría llevarse a cabo sin los correspondientes datos personales.
El órgano gestor del fichero, responsable del tratamiento y ante el que podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, es la Oficina de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Zaragoza, sita en el edificio Seminario (vía Hispanidad, 20, 50071, Zaragoza), o en lopdrecursoshumanos@zaragoza.es.
Los asuntos relacionados con la finalidad del tratamiento de sus datos, consentimiento, publicación, la base legal para el tratamiento de sus datos, el período de conservación y las medidas de seguridad están detallados en la base de carácter general sobre protección de datos de carácter personal aplicable a todos los procesos selectivos de personal permanente y no permanente del Ayuntamiento de Zaragoza, que complementa las bases de esta convocatoria y que ha sido publicada en el BOPZ núm. 275, de fecha 30 de noviembre de 2017, y en la página web www.zaragoza.es/oferta. Dicha base es aceptada con la firma de la solicitud de admisión a procesos selectivos (autoliquidación de tasas de derecho de examen).
Segunda. — Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas en estos procesos selectivos las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de las personas españolas y de las personas nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependiente, o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa establecida en la legislación vigente.
- c) Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener un título de Graduado en Educación Secundaria, o equivalente a efectos profesionales.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Además, se adjuntará al título su traducción jurada.
- d) Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de la plaza.
- e) Habilitación: No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones publicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial.
- f) Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa.
2.1.1. Requisitos específicos de la categoría de oficial mecánico/a:
Estar en posesión del certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados destinados a confort térmico instalados en vehículos.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión como funcionaria o funcionario público.
Tercera. — Instancias.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo cumplimentando instancia normalizada. Además, las personas aspirantes que aleguen méritos a valorar en la fase de concurso deberán declararlos cumplimentando el anexo de valoración normalizado.
Tanto la instancia como el anexo de valoración se encuentran a disposición de las personas aspirantes en internet, en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza en el portal de oferta de empleo (www.zaragoza.es/oferta).
Las personas aspirantes que no aleguen méritos no será preciso que cumplimenten, impriman y presenten el anexo de valoración.
En ningún caso se presentarán junto a la instancia de participación y el anexo de valoración los documentos justificativos de los méritos alegados.
3.2. La instancia de participación y, en su caso, el anexo de valoración, una vez cumplimentado/s e imprimido/s, se presentarán presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza, sito en vía Hispanidad, núm. 20 (edificio Seminario), debiendo constar en la misma la acreditación del pago o, en su caso, acompañar documentación justificativa de la exención o de la reducción de la tarifa. También podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración local si en este último caso se hubiese suscrito el oportuno convenio, así como en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, o en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
3.3. El plazo de presentación de la instancia será el de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
3.4. La tasa por derechos de examen será de 10,00 euros, o tarifa vigente en el momento de presentar la instancia, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal núm. 11, excepto para personas desempleadas, personas perceptoras del Ingreso Aragonés de Inserción y personas discapacitadas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, que estarán exentas, debiendo presentar en estos supuestos la documentación acreditativa de la exención. Los miembros de familias numerosas o de familias monoparentales abonarán el 50% de la tasa y deberán aportar la documentación justificativa correspondiente.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento de su pago determinará la exclusión del proceso selectivo.
El pago de la tasa deberá realizarse a través del impreso de solicitud/autoliquidación en las entidades Bantierra, BBVA, Banco Santander, CaixaBank, Ibercaja o en la Caja municipal.
Asimismo, podrá efectuarse pago telemático mediante certificado digital, que se realizará al cumplimentarse el modelo normalizado de instancia.
3.5. Solo procederá la devolución de los derechos de examen satisfechos por las personas aspirantes cuando por causas no imputables a la persona aspirante no tenga lugar el proceso selectivo, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firme, o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de la convocatoria.
3.6. En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza.
3.7. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la base 3.3.
3.8. La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en los apartados precedentes supondrá causa de exclusión del aspirante.
Cuarta. — Admisión y exclusión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de veinte días naturales para la presentación de instancias, la Consejería de Servicios Públicos y Personal dictará resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas en cada una de las plazas/categorías. Dicha resolución se publicará en el BOPZ y en ella se indicará el lugar en que se encuentran expuestas al público las citadas listas.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como solicitar la subsanación de errores materiales, y si transcurriesen estos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de nueva resolución ni publicación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas serán excluidas de la realización de las pruebas.
Si en su caso se presentan reclamaciones contra la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas, estas serán resueltas y se procederá a publicar lista definitiva.
4.2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra O, y así sucesivamente.
Quinta. — Tribunal de selección.
5.1. El tribunal calificador será nombrado por decreto de la Consejería de Servicios Públicos y Personal, juzgará los ejercicios del proceso selectivo y valorará los méritos alegados. Su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
5.2. El órgano de selección estará compuesto por la/el presidenta/e, la/el secretaria/o y cuatro vocales.
En los casos en que proceda, para el desempeño de la presidencia, la secretaría y las vocalías se designarán miembros titulares y suplentes para cada una de las plazas/categorías.
5.3. Todos los miembros del tribunal de selección deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada y habrán de ser funcionarias o funcionarios de carrera que pertenezcan al mismo o superior grupo/subgrupo de entre los previstos en el artículo 76 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación al grupo/subgrupo en que se integra la plaza convocada.
5.4. La pertenencia al tribunal calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
5.5. La presidencia coordinará la realización de las pruebas y de los procesos selectivos y dirimirá los posibles empates en las votaciones con su voto de calidad. Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto, excepto la/el secretaria/o, que tendrá voz pero no voto.
5.6. Con el fin de dotar al procedimiento de una mayor celeridad y eficacia, la designación de los miembros titulares y de sus respectivos suplentes se llevará a cabo con posterioridad, publicándose sus nombres en el BOPZ.
Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, comunicándolo a la Consejería de Servicios Públicos y Personal. Tampoco podrán ser nombrados miembros de los mismos quienes hubieran realizado tareas de preparación de personas aspirantes a la plaza convocada en pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal de selección cuando entiendan que se dan dichas circunstancias de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
5.7. Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal calificador podrán actuar indistintamente en relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar alternativamente.
5.8. A solicitud del tribunal calificador podrá disponerse la incorporación de asesoras y asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichas asesoras y asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto; serán designados por decreto de la Consejería de Servicios Públicos y Personal y estarán sujetos a idéntico régimen de abstención y recusación que el previsto para los miembros del tribunal. Podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los términos previstos en los Decretos de 28 de septiembre de 2007 y de 19 de enero de 2009 del consejero delegado del Área de Gobierno de Hacienda, Economía y Régimen Interior.
Asimismo, a solicitud del tribunal calificador, podrá disponerse de las colaboraciones y asistencias técnicas que se estimen oportunas.
5.9. Cuando el número de personas aspirantes así lo aconseje, el tribunal calificador podrá designar auxiliares colaboradores administrativos y de servicios que, bajo la supervisión de la secretaria o secretario del tribunal, en número suficiente, permitan garantizar el adecuado desarrollo del proceso selectivo; podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los términos previstos en los decretos de 28 de septiembre de 2007 y de 19 de enero de 2009 del consejero delegado del Área de Gobierno de Hacienda, Economía y Régimen Interior.
5.10. En los supuestos de ausencia de la presidencia titular o suplente, las funciones de presidencia serán ejercidas por los vocales designados, siguiendo para ello el orden en que hayan sido designados en el decreto de nombramiento.
5.11. En el caso de que, una vez iniciado el proceso selectivo, los miembros del tribunal cesen en los puestos en virtud de los cuales fueron nombrados para constituir parte de los mismos, continuarán ejerciendo sus funciones en estos salvo incompatibilidad legal al efecto y hasta que acabe totalmente el procedimiento selectivo.
5.12. Corresponde al tribunal calificador determinar el nivel exigible para la obtención de las calificaciones mínimas previstas para superar los ejercicios, valorar los méritos alegados y justificados, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. Asimismo, le compete en su sesión de constitución fijar la fecha del primer ejercicio del proceso selectivo.
5.13. El tribunal calificador resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo.
5.14. Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
5.15. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal calificador tendrá su sede en las dependencias de la Oficina de Recursos Humanos.
5.16. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos los que ejerzan la presidencia y la secretaría.
5.17. El tribunal de selección resolverá las peticiones que se formulen solicitando aclaración a alguna actuación del propio órgano seleccionador, obtención de copia del examen realizado o revisión de la calificación concedida, así como cualquier clase de alegación que se formule a preguntas o a cuestiones planteadas a las personas aspirantes en los ejercicios y pruebas.
El acuerdo que adopte el órgano seleccionador, a la vista de las peticiones y alegaciones formuladas, será comunicado a las personas interesadas mediante publicación del mismo en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza, todo ello en los términos y plazos que se indican en la base séptima.
5.18. Contra los actos y decisiones del tribunal calificador que imposibiliten la continuación del procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer por la persona interesada recurso de alzada ante la Consejería de Servicios Públicos y Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno.
5.19. El tribunal calificador que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Sexta. — Estructura del proceso selectivo (concurso-oposición).
6.1. Fase de concurso.
6.1.1. Méritos a valorar:
6.1.1.1. Tiempo de servicios prestados en las Administraciones públicas.
Será objeto de valoración en este apartado:
- a) Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza, a razón de 0,125 puntos por año de servicio.
- b) Tiempo de servicios prestados en cualquier Administración pública distinta del Ayuntamiento de Zaragoza en plaza igual a las convocadas en las presentes bases en el punto 1.1, a razón de 0,675 puntos por año completo de trabajo.
- c) Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en las plazas convocadas en las presentes bases en el punto 1.1, a razón de 0,800 puntos por año completo de trabajo.
En todos los apartados relacionados con anterioridad se valorarán, en su caso, los meses completos trabajados con la parte proporcional de puntos asignados a cada año completo.
El tiempo de servicios prestado se entenderá referido a servicios prestados en régimen de derecho administrativo (funcionaria/o funcionaria/o de carrera o funcionaria/o interina/o) o, en régimen de derecho laboral (contratada/o laboral en cualquier modalidad), siempre que los mismos se hayan desempeñado mediante gestión directa en alguna de las Administraciones Públicas definidas en el artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los apartados a), b) y c) tienen el carácter de excluyentes y, en consecuencia, un mismo período de tiempo no puede computarse en más de uno de dichos apartados.
La puntuación máxima a alcanzar en este apartado de tiempo de servicios prestados en las Administraciones públicas no podrá ser superior a 10 puntos.
6.1.1.2. Experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
Será objeto de valoración en este apartado la experiencia profesional en los puestos de trabajo que han sido dotados mediante las plazas identificadas en el anexo I, a razón de 1,400 puntos por año completo de trabajo.
En su caso, se valorarán los meses completos trabajados con la parte proporcional de puntos asignados a cada año completo.
La puntuación máxima a alcanzar en este apartado de experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria no podrá ser superior a 22 puntos.
6.1.1.3. Pruebas o ejercicios superados.
Serán objeto de valoración en este apartado las pruebas o ejercicios superados en procesos de selección de personal permanente convocados por el Ayuntamiento de Zaragoza para cubrir las plazas convocadas en las presentes bases, a razón de 0,500 puntos por cada prueba o ejercicio superado.
La puntuación máxima a alcanzar en este apartado de pruebas o ejercicios superados no podrá ser superior a 1 punto.
6.1.2. La valoración de méritos en la fase de concurso por todos los conceptos enumerados podrá alcanzar un máximo de 33 puntos.
Las puntuaciones que resulten de la valoración de los méritos se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta tres decimales; esto es, cuando el cuarto decimal sea igual o superior a cinco, el tercer decimal se incrementará en una unidad, y cuando el cuarto decimal sea inferior a cinco, el tercer decimal no se modificará.
6.1.3. Desarrollo del concurso:
- a) Las personas aspirantes que aleguen poseer méritos en la fase de concurso deberán declararlos junto a la instancia de participación mediante el modelo normalizado de autobaremación (anexo de valoración).
- b) Todos los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, no pudiendo el tribunal valorar méritos obtenidos y alegados con posterioridad a la fecha citada.
- c) Cumplimentación del modelo declaración de autobaremación (anexo de valoración):
c1) El mérito referente a tiempo de servicios prestados en las Administraciones públicas (6.1.1.1) deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación, de tal forma que se indique el intervalo de fechas en que se ha prestado servicio, así como el tiempo total trabajado. Su justificación por los aspirantes que superen la fase de oposición deberá realizarse mediante aportación de certificado de vida laboral de la persona aspirante emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o documento equivalente.
c2) El mérito referente a experiencia en puestos de trabajo objeto de la convocatoria (6.1.1.2) deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación, de tal forma que se indique el intervalo de fechas en que se ha prestado servicio en alguna de las plazas indicadas en el apartado 6.1.1.2 y que dotan a los respectivos puestos de trabajo.
c3) El mérito referente a las pruebas o ejercicios superados (6.1.1.3) deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación, indicando las pruebas o ejercicios superados.
- d) A la vista de la autobaremación efectuada por cada persona aspirante en el modelo normalizado, el tribunal de selección ordenará publicar en el tablón de anuncios, relación de personas aspirantes admitidas con la puntuación provisional adjudicada a cada una de ellas.
- e) La valoración definitiva de los méritos alegados se efectuará en todo caso condicionada a su acreditación o justificación documental (original o copia compulsada), que se aportará una vez finalizada la fase de oposición y exclusivamente por parte de aquellas personas aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición. A tal fin y en el documento de calificaciones del último ejercicio, se comunicará a las personas aspirantes que a partir de la publicación de aquel dispondrán de diez días naturales para la aportación de los certificados y justificantes oportunos.
- f) A la vista de los certificados y justificantes aportados, el tribunal procederá a comprobar y revisar los méritos y la autobaremación declarada por las personas aspirantes. Los méritos que no resulten suficientemente justificados no serán valorados. Además, si en su caso se probase la falsedad de lo alegado o justificado, quienes en ella incurriesen serán excluidos del proceso selectivo, previa audiencia de la persona interesada.
- g) Una vez comprobada y revisada la autobaremación manifestada por cada persona aspirante, el tribunal de selección ordenará exponer públicamente la relación de personas aspirantes con los puntos de valoración obtenidos por cada una de ellas en el tablón del Ayuntamiento de Zaragoza, sito en el edificio Seminario (vía Hispanidad), abriéndose un plazo de diez días naturales con el fin de alegar o justificar lo que se estime conveniente. En su caso, el tribunal resolverá las alegaciones formuladas y procederá a exponer públicamente la relación definitiva de personas aspirantes con la puntuación obtenida por cada uno de ellos en la fase de concurso.
6.2. Fase de oposición.
El proceso selectivo consistirá en la realización conjunta (mismo día) de los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, el segundo inmediatamente a continuación del primero, y que se detallan a continuación:
6.2.1. Primer ejercicio. Consistirá en contestar a un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas sobre el contenido comprendido en el anexo II, siendo solo una de las respuestas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas.
Un mínimo de diez preguntas del cuestionario corresponderán a la parte primera del temario.
El cuestionario de preguntas que se proponga a las personas aspirantes contendrá además otras cinco preguntas tipo test de reserva, las cuales sustituirán por su respectivo orden a aquellas preguntas que, en su caso, acuerde el tribunal anular una vez iniciada la ejecución del ejercicio por las personas aspirantes.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos de las personas aspirantes en relación a las materias contenidas en el anexo II.
6.2.2. Segundo ejercicio. Consistirá en contestar a cuatro supuestos teórico-prácticos con cinco preguntas por supuesto, relacionados con las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria y/o con las materias establecidas en el anexo II que se adjunta a las presentes bases. Cada una de las preguntas tendrá cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta o más correcta de las alternativas propuestas.
En este ejercicio se evaluará la aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los supuestos prácticos que se planteen y la preparación de las personas aspirantes en relación al desempeño de las funciones de los puestos de trabajo a desempeñar.
6.3. Para la realización conjunta de los dos ejercicios las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de una hora y veinticinco minutos.
6.4. Las personas aspirantes que superen el primer y segundo ejercicio, y teniendo en cuenta la puntuación obtenida en la fase de concurso, deberán superar una prueba adicional de aptitud para el desempeño de la respectiva plaza/categoría.
El contenido de la prueba será determinada por el tribunal antes de la realización de la misma, y en la misma se valorará el conocimiento práctico de las materias previstas en el anexo II.
El tribunal irá convocando para la realización de la prueba de aptitud a los aspirantes de acuerdo con la calificación total obtenida sumando las calificaciones del primer y segundo ejercicio, así como la puntuación obtenida en la fase de concurso, realizando la convocatoria de mayor a menor calificación.
La prueba de aptitud dejará de realizarse cuando haya sido superada por un número de aspirantes igual al número de plazas convocadas.
6.5. Los cuestionarios de preguntas del primer y segundo ejercicio se elaborarán de forma específica para cada una de las plazas/categorías conforme a las materias exigidas a cada una de las mismas.
Séptima. — Forma de calificación del ejercicio y de las pruebas.
Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios y se evaluarán separada e independientemente por el tribunal, calificando cada uno de las mismos como sigue:
7.1. El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Cada respuesta acertada se valorará a razón de 0,40 puntos.
Las respuestas en blanco no penalizarán.
Las respuestas erróneas penalizarán a razón de descontar 0,100 puntos por cada respuesta contestada incorrectamente.
En el plazo de tres días hábiles a contar desde el día de celebración de la prueba, el tribunal calificador procederá a publicar en la página web municipal la plantilla provisional de respuestas, abriéndose un plazo de cinco días naturales a los efectos de poder formular y presentar las personas aspirantes aquellas alegaciones a la misma, así como cualquier otra petición de aclaración de actuaciones del órgano seleccionador que se estime conveniente.
Transcurrido dicho plazo se elaborará la plantilla de respuestas definitiva, que será publicada en la página web municipal y que servirá de base para la corrección de los exámenes.
El tribunal, teniendo en cuenta el número de aspirantes presentados y el nivel de conocimientos de los mismos, sin conocer la identidad de los opositores decidirá cual será la nota de corte para superar esta prueba, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 puntos, haciendo público dicho acuerdo. La nota de corte se fijará de tal forma que solo superen esta prueba los candidatos que obtengan las mejores calificaciones y cuyo número máximo será el que seguidamente se indica:
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial albañil.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial carpintera/o.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial fontanera/o.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial inspector/a.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial mecánica/o.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial de la planta potabilizadora.
—Cincuenta candidatos en el caso de oficial cementerio.
—Sesenta y siete candidatos en el caso de oficial guardallaves.
—Cincuenta candidatos en el caso de auxiliar administrativa/o.
El número máximo de candidatos que pueden superar esta prueba podrá ampliarse en el caso de que varios opositores obtengan la nota de corte fijada por el tribunal.
Las personas aspirantes que no alcancen la nota de corte serán eliminadas y no se procederá a la corrección y calificación de la segunda prueba.
La publicación de las calificaciones del primer ejercicio se hará de forma conjunta con las calificaciones del segundo ejercicio.
Publicado el acuerdo de concesión de calificaciones, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales a los efectos de formular y presentar petición de copia del examen realizado, o de revisión de la calificación concedida.
7.2. El segundo ejercicio será objeto de corrección y calificación solamente en relación a aquellas personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Se calificará de 0 a 47 puntos, siendo preciso alcanzar una nota mínima de 23,5 puntos para superar el ejercicio.
Cada respuesta acertada se valorará a razón de 2,35 puntos.
Las respuestas en blanco no penalizarán.
Las respuestas erróneas penalizarán a razón de descontar 0,587 puntos por cada respuesta contestada incorrectamente.
A partir de la publicación en la página web municipal de la plantilla provisional de respuestas de la primera prueba, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales a los efectos de formular y presentar peticiones de aclaración a alguna actuación del propio órgano seleccionador, así como cualquier clase de alegación que se formule a preguntas, o a cuestiones planteadas a las personas aspirantes en la prueba
Transcurrido dicho plazo se elaborará la plantilla de respuestas definitiva, que será publicada en la página web municipal y que servirá de base para la corrección de los exámenes.
En caso de que el tribunal acuerde anular alguna pregunta, la puntuación máxima a obtener en el mismo se reducirá en 2,35 puntos por cada una de las preguntas anuladas, y la nota mínima para superarlo se reducirá en 1,175 puntos por cada pregunta anulada.
La calificación que resulte se redondeará usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta tres decimales, esto es, cuando el cuarto decimal sea igual o superior a cinco, el tercer decimal se incrementará en una unidad, y cuando el cuarto decimal sea inferior a cinco, el tercer decimal no se modificará.
7.3. La prueba práctica de aptitud prevista en la base 6.4 se calificará como “apta/o” o “no apta/o”.
La persona aspirante que obtenga la calificación de “no apta/o” será declarada “eliminada/o” del proceso selectivo.
7.4. La puntuación máxima que podrá obtenerse en el total de la fase de oposición será de 67 puntos.
7.5. En el acta de la sesión o relación adjunta a aquella se hará constar exclusivamente la calificación final que se adjudique a cada persona aspirante.
Octava. — Desarrollo del proceso selectivo.
8.1. Comenzada la práctica de los ejercicios, el tribunal calificador podrá requerir en cualquier momento del proceso selectivo a las opositoras y opositores para que acrediten su identidad y demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria. Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Consejería de Servicios Públicos y Personal, quien resolverá previa audiencia de la persona interesada.
8.2. Las personas candidatas serán convocadas a la celebración de los ejercicios en llamamiento único y serán excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo los supuestos de fuerza mayor debidamente justificados, que serán apreciados libremente por el órgano seleccionador y en los que este deberá considerar y valorar la causa y justificación alegada junto al preferente principio de riesgo y ventura propio de la participación que toda persona aspirante asume al concurrir al proceso selectivo.
Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida físicamente el acceso al lugar de celebración de los ejercicios o la realización de aquellos y, además, se trate de situaciones que afecten a todos o a una parte significativa de las personas candidatas y al llamamiento y lugar correspondiente. No podrá invocarse como supuesto de fuerza mayor haber sido convocado el mismo día y hora para la realización de cualesquiera otros exámenes, pruebas o ejercicios.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de los ejercicios en los que tenga que participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización del ejercicio, en este último caso solo si hay ingreso por urgencia (debiendo acreditarse oportunamente), un escrito dirigido a la presidencia del tribunal de selección comunicando el hecho de la hospitalización y adjuntando informe médico oficial que acredite los hechos, junto con la solicitud de la aspirante en la que exprese su voluntad de realizar los ejercicios en un plazo máximo de quince días naturales a partir de la fecha de llamamiento único (en la solicitud se deberán indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la aspirante).
8.3. Una vez comenzado el primer ejercicio de la oposición no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios en el BOPZ.
8.4. Una vez finalizada las fases de concurso y oposición, el tribunal de selección procederá a sumar las puntuaciones adjudicadas en la fase de concurso y las calificaciones atribuidas a cada aspirante en la fase de oposición, lo que determinará la calificación final del concurso oposición. Seguidamente, el tribunal calificador ordenará exponer la relación de aspirantes que se propone para su nombramiento de mayor a menor puntuación alcanzada, haciéndola pública en el tablón de anuncios , y en sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza en el portal de oferta de empleo (www.zaragoza.es/oferta).
8.5. En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, serán criterios para dirimir el mismo y por este orden, en primer lugar, la mayor calificación obtenida en la segunda prueba, y en segundo lugar la mayor calificación obtenida en la primera prueba. Si esto no fuese suficiente se considerará, por este orden, la mayor puntuación obtenida en los apartados 6.1.1.2, y 6.1.1.1 de la fase de concurso prevista en la base sexta. Si continua el empate entre aspirantes se podrá establecer una prueba adicional de contenido práctico.
8.6. El tribunal calificador no podrá declarar y proponer el acceso a la condición de funcionaria o funcionario público de un número superior de personas aspirantes aprobadas al de plazas convocadas, quedando eliminadas todos las personas aspirantes de calificación inferior que excedan de las vacantes convocadas, sin que, por tanto, puedan obtener plaza o quedar en situación de expectativa las personas aspirantes que hubieren aprobado el último ejercicio si no figuran en la propuesta que eleve el tribunal de selección. Las propuestas que infrinjan esta norma serán nulas de pleno derecho.
No obstante lo anterior, siempre que se haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes propuestas, antes de su nombramiento o toma de posesión, o resulten las personas aspirantes de nacionalidad no española calificadas en la prueba de conocimiento y comprensión de idioma español como “no apto”, la Consejería de Servicios Públicos y Personal podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de las personas aspirantes que habiendo superado todos los ejercicios del proceso selectivo sigan a los propuestos para su posible nombramiento como empleada o empleado público.
Novena. — Presentación de documentos, prueba de conocimiento de idioma español y reconocimiento médico.
9.1. Las personas aspirantes propuestas, en el plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de personas aspirantes aprobadas y propuestas, aportarán a la Oficina de Recursos Humanos los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda:
- a) Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente.
Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1 a), además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano o ciudadana del país europeo al que afecta dicho vínculo, haciendo constar que no está separado o separada de derecho de su cónyuge, o, en su caso, que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo y que no posean la nacionalidad española deberán realizar, con carácter previo a la propuesta de nombramiento, una prueba de conocimiento y comprensión del idioma español que se calificará como “apto” o “no apto”.
En el caso de ser declarado “no apto” no podrá ser propuesto para su nombramiento.
- b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial o para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, que deberá ser cumplimentado en los términos que se señalan en la base 10.1.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, en sus mismos términos, el acceso al empleo público.
- c) Fotocopia compulsada o cotejada de la titulación exigida, o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación (título académico y, en su caso, traducción jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.
- d) Formalizar los impresos y documentación que se facilitará por la Oficina de Recursos Humanos.
9.2. Quienes dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. La Oficina de Recursos Humanos elevará propuesta de exclusión que resolverá la Consejería de Servicios Públicos y Personal, previa audiencia a la persona interesada.
9.3. Las personas aspirantes propuestas por el tribunal calificador deberán someterse a reconocimiento médico previo al ingreso a la plaza, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
El reconocimiento será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud de que no padecen enfermedad ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de la plaza.
El Servicio de Prevención y Salud Laboral, al llevar a cabo el reconocimiento médico, tendrá las siguientes funciones:
- a) Marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente.
- b) Solicitar los informes complementarios que estime pertinentes.
- c) Elevar a la Oficina de Recursos Humanos los resultados en forma de “apto” o “no apto”.
- d) Informar a la persona interesada, previa petición por escrito suscrita por la persona aspirante y presentada a través del Registro General, de su causa de exclusión, salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamiento, que se informaría al mismo directamente o a su médico de cabecera. En ningún caso se publicarán listas de “no aptos” por motivos de exclusión médica en los tablones de anuncios.
9.4. Las personas aspirantes cuyo resultado del reconocimiento médico fuese “no apto”, no podrán ser nombrados, elevándose por la Oficina de Recursos Humanos propuesta de exclusión, que resolverá la Consejería de Servicios Públicos y Personal previa audiencia a la persona interesada.
Décima. — Nombramiento de funcionaria o funcionario de carrera y toma de posesión.
10.1. La Consejería de Servicios Públicos y Personal procederá al nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera en favor de las personas aspirantes propuestas, previa notificación a las personas interesadas y consiguiente publicación en el BOPZ, estando obligadas a tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, compareciendo para ello en la Oficina de Recursos Humanos.
En el acto de toma de posesión se extenderá diligencia en la que conste que la persona aspirante toma posesión de la plaza, declarando que acata la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Aragón y el resto del ordenamiento jurídico, expresando que no ha sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni se halla inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, así como manifestando cumplir el régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Quienes, sin causa justificada, no tomaran posesión o no cumplan las determinaciones señaladas en el párrafo precedente, no adquirirán la condición de funcionaria o funcionario público, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y del subsiguiente nombramiento.
10.2. De conformidad con el artículo 24, párrafo primero, del pacto de aplicación al personal funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza (2016-2019), y en concordancia con la oferta de empleo público del año 2017, en el anexo I figura la numeración de las plazas ofertadas
10.3. El personal seleccionado ocupará los puestos de trabajo vinculados a las plazas identificadas en el anexo I. La elección de los puestos de trabajo por parte de los aspirantes seleccionados se realizará siguiendo el orden de mayor a menor puntuación final obtenida en el proceso selectivo.
Undécima. — Lista de espera para el nombramiento de personal no permanente.
Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para el nombramiento de personal no permanente para las plazas/categoría objeto de la presente convocatoria.
A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Oficina de Recursos Humanos procederá a integrar en las correspondientes listas de espera a aquellas personas aspirantes que, no expresando su voluntad contraria a acceder a ella, hayan aprobado alguna de las pruebas o ejercicios de la oposición. En el caso de la prueba teórica tipo test, la obtención de una calificación igual o superior a cinco puntos será suficiente para acceder a la lista de espera aunque no se haya alcanzado la nota de corte fijada por el tribunal.
La integración en la lista de espera correspondiente se realizará en los términos previstos en el Decreto de 16 de julio de 2018 de la Consejería de Servicios Públicos y Personal, por el que se aprueba la Instrucción General para la Gestión de la Bolsa de Empleo, así como para la selección y cese de personal no permanente del Ayuntamiento de Zaragoza (BOPZ núm. 200, de 31 de agosto 2018), o disposición que la sustituya.
Duodécima. — Impugnación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que por turno corresponda en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el correspondiente boletín oficial. Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición contra el mismo órgano que ha dictado el presente acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el correspondiente boletín oficial. Todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, manifestar que cuantos actos administrativos se deriven de estas bases podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
- C. de Zaragoza, a 9 de octubre de 2018. — El consejero delegado de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero Serrano. — El titular de Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, Fernando Benedicto Armengol.
ANEXO I
Plazas objeto de la convocatoria
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 540700033.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial albañil, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 540900003.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial carpintera/o, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 541300004.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial fontanera/o, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 542100051.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial inspector/a, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 542500023.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial mecánica/o, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 543100010.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial de la planta potabilizadora, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 543600030.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial cementerio, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 546000007.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, oficial Guardallaves, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 546200013.
- 546200014.
Plazas de carácter estructural correspondientes a la escala de Administración general, subescala auxiliar, auxiliar administrativa/o, que están dotadas presupuestariamente y se encuentran desempeñadas interinamente con anterioridad a 1 de enero de 2005
- 140100018
ANEXO II
Oficial
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Título preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Tipos de documentos administrativos. La comunicación de los actos administrativos: Elementos generales de la notificación. Publicación de los actos administrativos. Archivo de la documentación administrativa. Compulsa de documentos administrativos.
Tema 6. Funciones de los oficiales en servicios sociales. Reglamento y normas internas de Albergue y Casa Amparo.
Tema 7. Agua caliente sanitaria. Protocolo de control de la legionela.
Tema 8. Museos y salas de exposiciones municipales.
Tema 9. Planificación y condiciones de las visitas a los museos y salas de exposiciones municipales.
Tema 10. La manipulación de obras de arte y bienes patrimoniales.
Tema 11. Actividades didácticas en los museos y salas de exposiciones municipales.
Tema 12. Atención al visitante (en los espacios municipales/en los museos y salas de exposiciones.)
Tema 13. Qué son y qué papel hacen los centros cívicos en la organización municipal de la ciudad de Zaragoza. Funciones de un oficial en centros cívicos. Tipos de actividades socioculturales que se realizan en centros cívicos que requieren las funciones del oficial.
Tema 14. Toma de muestras ambientales: Objetivo de un muestreo. Procedimientos de muestreo en aguas de consumo, piscinas, aguas residuales. Recipientes necesarios para cada tipo de muestreo. Conservación de la muestra. Aspectos de seguridad del trabajador.
Tema 15. Conceptos fundamentales de albañilería, materiales, herramientas. Excavación de zanjas, acodalamientos y entibaciones. Obras de pavimentación de vías urbanas. Cargas y descargas de materiales, medios de izado y sujección.
Tema 16. Centros municipales de servicios sociales y los centros de convivencia del mayor: Finalidad de dichos centros.
Tema 17. Ordenanza General de Tráfico del Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 18. Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas del Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 19. Juntas municipales. Órganos. Procedimientos que se tramitan en las juntas municipales.
Tema 20. Juntas vecinales. Órganos. El alcalde de barrio. Los equipos municipales en barrios rurales: Enumeración.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollarán conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial albañil
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Conceptos fundamentales de albañilería. Tipos de materiales. Herramientas.
Tema 6. Replanteo de obra e interpretación de planos, documentación gráfica.
Tema 7. Mediciones y criterios de valoracion en la construcción.
Tema 8. Excavaciones en zanjas, acodalamientos y entibaciones. Demolición de pavimentos, fábricas, tabiquería y revestimientos.
Tema 9. Rellenos de zanjas, terraplenes, capas granulares. Grava-cemento.
Tema 10. Conceptos generales de cimentaciones y estructuras. Ejecución de fábricas de hormigón armado.
Tema 11.Tabiquería interior y exterior. Revestimientos interiores y exteriores (paramentos verticales y horizontales).
Tema 12. Innovación de materiales para tabiquería interior y muros de fachada. Tipología, características y aplicaciones.
Tema 13. Cubiertas inclinadas y planas. Terrazas.
Tema 14. Impermeabilizaciones. Tratamientos y protección frente a humedades (capilaridad, filtraciones, fugas).
Tema 15. Obras de pavimentación de vías urbanas. Aceras, bordillos, sumideros, alcorques.
Tema 16. Organización del trabajo en la ejecución de obras. El plan de trabajo.
Tema 17. Medios auxiliares. Trabajos en altura: andamios, plataformas, escaleras de mano. Trabajos en espacios confinados. Medios de izado de cargas.
Tema 18. Seguridad en lugares de trabajo. Condiciones generales en el trabajo. Trabajos en presencia de amianto. Condiciones ambientales, iluminación. Señalización de obras en viales y edificios públicos.
Tema 19. La Inspección previa: Detección de patologías. Reconocimiento físico de las estructuras. Estado de conservación y mantenimiento de edificios. El libro de mantenimiento del edificio.
Tema 20. Prevención de riesgos laborales específicos en las funciones de albañil. Medidas de protección específicas a las funciones de la categoría. Equipos de protección individual, tipología, características y aplicaciones. Trabajos en el interior de espacios confinados.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial carpintera/o
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. La madera. Propiedades físicas y mecánicas. El Bosque. Partes del árbol. La madera como género al por menor: tala, desmoche, troceo de la madera, defectos de la madera de sierra.
Tema 6. Enfermedades de la madera. Medidas de protección de la madera contra hongos e insectos. Anomalías, defectos y patologías de la madera. Aserrada. Medidas y clasificación.
Tema 7. Secado de la madera. Humedad. Proceso de secado. Secado natural, secado artificial.
Tema 8. Pegamentos. Colas. Procesos en la junta o ensamble del pegamento. Plásticos: Termoestables.
Tema 9. Maderas compuestas. Maderas en capas. Tableros compuestos. Materiales aglomerados. Tableros antihumedad.
Tema 10. Tratamientos de superficie. Revestimientos y su empleo. Técnicas para la superficie. Técnicas de aplicación. Técnicas de secado.
Tema 11. Banco de carpintero. Herramientas y aparatos. Herramientas para perforar. Para escoplear. Para serrar.
Tema 12. Máquinas. Sierra mecánica. Cepilladora. Fresadora. Taladradora. Máquinas universales. Lijadoras. Máquinas manuales.
Tema 13. Ensambles planos. Ensambladoras de esquina de muebles. Uniones de esquina de marco. Ensambladora de bastidores. Marcos y entrepaños.
Tema 14. Dibujo. Elementos fundamentales. Materiales. Normalización. Signos. Proyecciones. Perspectiva.
Tema 15. Mediciones en la construcción. Ordenación de dimensiones en la construcción de edificios. Tolerancias. Medición de huecos de pared.
Tema 16. Puertas. Batientes. Correderas. De vaivén. Plegables y de acordeón. Insonorizantes.
Tema 17. Construcciones de ventanas. Ventanas y puertas de hoja batiente, batiente basculante, batiente levadiza y levadiza de corredera. Ventana de caja. Ventana de hoja giratoria, eje horizontal y vertical. Ventana hoja basculante, eje inferior y superior.
Tema 18. Suelos. Sencillos de tablas. Entarimados de madera machihembrada. Suelo inferior de secado. De parqué. Listones de zócalo.
Tema 19. Tabiques de separación ligeros.
Tema 20. Prevención de riesgos laborales en los trabajos de carpintería. Condiciones de seguridad en el uso de equipos, herramientas y medios auxiliares. Riesgos higiénicos y medidas preventivas.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial fontanera/o
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete
Tema 6. Instalaciones interiores. Diseño y montaje de instalaciones, dimensionamiento y caudales mínimos en aparatos domésticos. CTE-HS4
Tema 7. Instalaciones de redes generales de distribución de agua a presión. Montaje de las instalaciones. Elementos de unión de tuberías y piezas, tipos de juntas.
Tema 8. Elementos de las instalaciones. Tuberías y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, fluxores, contadores, aljibes, desagües, ventosas.
Tema 9. Acometidas domiciliarias de agua potable. Normativa, características, materiales e instalación. Ordenanza Municipal para la ecoeficiencia y la calidad de la gestión integral del agua.
Tema 10. Instalaciones de agua caliente sanitaria. Tipos, materiales y características. CTE-HS4
Tema 11. Instalaciones de calefacción. Instalación individual y colectiva. Redes generales y de distribución. Conexión de aparatos. Materiales, herramientas y su manejo. RD 1027/2007,20 de julio y modificaciones posteriores del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Tema 12. Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de presión.
Tema 13. Sistemas contra incendios. Red de distribución. Grupo de presión. Bocas de incendio equipadas. Rociadores. Hidrantes.
Tema 14. Red de evacuación y desagües. Instalaciones, dimensionamiento y materiales. CTE-HS5.
Tema 15. Máquinas y herramientas. Clases, condiciones de trabajo.
Tema 16. Soldadura de metales, nociones básicas. Tipos, materiales a emplear y técnicas.
Tema 17. Corte de metales. Procesos con oxígeno y gas combustible. Gases utilizados. Equipo para oxiacetileno. Corte de metales (oxicorte).
Tema 18. Normativa aplicable en materia de redes de distribución de agua potable y saneamiento.
Tema 19. Prevención de Riesgos Laborales: Normativa, obligaciones de la empresa y del trabajador. Los Servicios de Prevención.
Tema 20. Prevención de Riesgos Laborales: Riesgos Laborales específicos en las funciones de fontanero, medidas de protección individuales y colectivas a las funciones de la categoría. Trabajos en presencia de amianto. Trabajos en espacios confinados.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial inspector/a
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Ordenanza de Limpieza Pública, Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos
Tema 6. Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados
Tema 7. Recogida de residuos urbanos. Sistemas de recogida
Tema 8. Métodos de limpieza viaria y medios utilizados.
Tema 9. Plan de gestión Integral de residuos de Aragón.
Tema 10. El programa de residuos domésticos y comerciales
Tema 11. Ordenanzas fiscales de residuos en Zaragoza
Tema 12. La inspección municipal. Competencias laborales de las/os inspectoras/es municipales: Conocimientos, habilidades y actitudes. La relación con la ciudadanía.
Tema 13. Objetivos generales y destinatarios de la inspección.
Tema 14. La labor de los inspectores municipales: La planificación de la inspección y las inspecciones no programadas. Calidad de los servicios prestados.
Tema 15. Elaboración de actas e informes de inspección. Contenido mínimo y obligatorio de las actas e informes de inspección. El lenguaje utilizado y la redacción de las actas e informes.
Tema 16. Inspección y ciudades inteligentes. Herramientas a disposición de los servicios municipales. Dispositivos móviles y aplicaciones. Los GIS: Sistemas de Información Geográfica.
Tema 17. Abastecimiento de agua: Modelos y pliegos municipales. Pavimentos de acera y calzada. Eliminación de barreras arquitectónicas. Normativa de accesibilidad universal.
Tema 18. Ordenanza General de Tráfico del Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 19. Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas del Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 20. REBT 842/2002 de 2 de agosto, ITC-BT-06 e ITC-BT-07. ITC-BT-09 y Normas técnicas municipales para instalaciones de alumbrado público de Zaragoza, ITC-LAT-06. Ejecución de instalaciones. Situaciones especiales: cruzamientos, proximidades y paralelismo. Normativa aplicable: Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión (RD 223/2008, de 15 de febrero)
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial mecánica/o
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Conceptos del automóvil. Componentes del motor del automóvil.
Tema 6. Distribución del automóvil.
Tema 7. Engrases del motor del automóvil, aceites y clases. La refrigeración del automóvil.
Tema 8. Sistemas de alimentación de los motores diésel y gasolina.
Tema 9. Motor de combustión. Motor de gasolina.
Tema 10. Encendido de un motor del automóvil.
Tema 11. Instalación eléctrica del automóvil.
Tema 12. Sobrealimentación.
Tema 13. Cajas de cambios y embragues del automóvil.
Tema 14. Dirección del automóvil.
Tema 15. Frenos del automóvil. Seguridad pasiva y activa en los vehículos.
Tema 16. Árbol de transmisión, grupo y diferencial del automóvil.
Tema 17. Sistema de escape.
Tema 18. Vehículos híbridos. Vehículos eléctricos.
Tema 19. Sistema de climatización en vehículos.
Tema 20. Prevención de riesgos laborales en trabajos de oficial mecánico. Condiciones generales de seguridad en el lugar de trabajo.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial de planta potabilizadora
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Parámetros más importantes de calidad de un agua. Normativa vigente, Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Orden SSI/304/2013, de 19 de febrero, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano. Contaminantes orgánicos. Contaminantes metálicos. Bacterias y microorganismos patógenos. Las algas.
Tema 6. El desbaste. Tipos de rejas de desbaste. La coagulación y floculación del agua: Conceptos. Factores que influyen en la coagulación y floculación. Reactivos para la coagulación y floculación. Dispositivos de preparación, adición mezcla y dosificación de coagulantes y floculantes con el agua. Dosificación de carbón en polvo. Dosificación de dióxido de carbono.
Tema 7. Decantación: Concepto. El decantador Accelator: Descripción de su funcionamiento. Las purgas. Funcionamiento de las válvulas de purga. Control de fangos en las zonas del Accelator. Sistemas de extracción de fangos y su automatización. Mantenimiento de equipos y de la obra civil.
Tema 8. La filtración: Conceptos fundamentales. Esquema general de filtros abiertos y cerrados. Filtración por arena. Filtración con carbón activo. La regulación del caudal circulante por los filtros. Lavado de filtros. Control y automatismo de la filtración y del lavado de los filtros. Mantenimiento de equipos y de la obra civil.
Tema 9. La desinfección de aguas de consumo público: Su necesidad. La cloración. Objetivos de la cloración. Factores más importantes que influyen en la desinfección y oxidación por cloro. Las pérdidas de cloro residual en la red de distribución: causas y factores a tener en cuenta. La medida del cloro residual. Cloración por hipoclorito sódico: Características y peculiaridades del empleo de hipoclorito sódico. Control y automatismo del almacenamiento y la dosificación.
Tema 10. Circulación de un fluido en canales abiertos y en conductos cerrados. Equipos para la medición del caudal y la presión: Tipos, características, instalación y mantenimiento. Relaciones entre la presión la velocidad y la sección de paso de un fluido.
Tema 11. La red de agua potable de Zaragoza: Esquema general. Tipos de tuberías y uniones. Las válvulas: Tipos, función, características, instalación y mantenimiento. Ventosas: Tipos, función, características, instalación y mantenimiento. Accionamiento y automatización de válvulas.
Tema 12. Bombas: Tipos de bombas para elevación de aguas, características, funcionamiento y mantenimiento. Disposición y esquema general de bombas, válvulas e instalaciones auxiliares necesarias en una estación de bombeo. Control y automatismo en las estaciones de bombeo. Los depósitos: Esquema general de un depósito con sus elementos auxiliares principales. Impermeabilización de depósitos.
Tema 13. Máquinas y herramientas: procesos de mecanizado. Herramientas neumáticas y eléctricas. Uniones mecánicas: Tipos, características y uso. Rodamientos: Tipos, características y uso. Vibraciones mecánicas en maquinas rotativas.
Tema 14. Tipos de soldadura. Soldadura y corte oxiacetilénicos: Campo de aplicación, componentes, manejo y medidas de seguridad. La soldadura por arco eléctrico: principios de funcionamiento, componentes, tipos, medidas de seguridad.
Tema 15. Redes de distribución eléctrica; Reglamento electrotécnico de baja tensión, ITC-BT 6, 7, 8 y 11. Transformadores eléctricos. Dispositivos de corte y protección, REBT ITC-BT 13, 17, 22, 23 y 24. Aparellaje eléctrico: Tipos, características y función. Factor de potencia de una instalación eléctrica. Formas de corrección del factor de potencia. Conexionado a tierra, REBT ITC-BT-18.
Tema 16. Motores eléctricos: Tipos, características, aplicaciones, instalación y mantenimiento. Índice de protección IP: Guía técnica de aplicación REBT-anexo 1. Mando y control de potencia. Tipos de arranque y conexiones. Equipos auxiliares. Eficiencia energética en los motores eléctricos: Directiva 2005/32/CE y Norma IEC 60034-30, REBT ITC-BT 47.
Tema 17. Equipos neumáticos. Cilindros. Distribuidores. Valvulería. Compresores de aire. Secadores. Esquema general de un sistema de producción de aire comprimido para accionamiento de válvulas e instrumentación. Ventiladores y soplantes.
Tema 18. Automatización industrial. Controladores e instrumentación de campo en procesos de potabilización y abastecimiento de agua potable. Comunicaciones en una red de autómatas industriales. Sistemas de comunicaciones remotos.
Tema 19. La prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de Zaragoza y en el trabajo de oficial de planta potabilizadora. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 20. Seguridad laboral en los trabajos en alturas. Seguridad laboral en los trabajos en espacios confinados. La figura del recurso preventivo. Seguridad laboral en los trabajos eléctricos. Seguridad en el almacenamiento y transporte de productos químicos.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial de cementerio
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Aglomerantes ordinario: Yeso. Cal. Cemento Portland. Cementos especiales.
Tema 6. Los morteros: Tipología y características. Dosificaciones. Aplicaciones. Aditivos para morteros.
Tema 7. Elementos constructivos de fábrica: Dinteles. Jambas. Solaretes.
Tema 8. Excavaciones: Entibaciones y apuntalamiento. Pozos. Zanjas
Tema 9. Innovación de materiales para tabiquería interior y muros de fachada: Tipología. Características. Aplicaciones.
Tema 10. La inspección previa: Reconocimiento de físico de estructuras. Detección y análisis de patologías.
Tema 11. Recursos materiales y organización del trabajo: Herramientas. Equipos y medios auxiliares. Maquinaria. Organización y procedimiento del trabajo. Equipos específicos para inhumaciones.
Tema 12. Prevención de riesgos laborales: Marco y desarrollo normativo. Medidas mínimas de seguridad en la construcción. Salud e higiene, especial atención a los agentes biológicos.
Tema 13. Equipos de protección individual (EPI’s): Tipología. Características. Usos.
Tema 14. Trabajos en altura, andamios modulares y escaleras: Normativa. Tipologías. Descripción de la composición. Disposiciones mínimas de seguridad. Protección individual y colectiva. Procedimiento de montaje y desmontaje. Usos.
Tema 15. Cementerio de Torrero: Origen e historia. Evolución y ampliaciones posteriores. Distribución y usos, designación, localización.
Tema 16. Normativa: Reglamento de policía sanitaria mortuoria.
Tema 17. Ordenanza municipal de cementerios de Zaragoza. Ordenanza municipal fiscal para la prestación de servicios en el cementerio de Torrero de Zaragoza, núm. 19/18
Tema 18. Procedimiento PPRL-1605 Procedimiento para el enterramiento en nichos, capillas, panteones, sepulturas y columbarios.
Tema 19. la instrucción operativa de trabajo. Concepto, aplicación.
Tema 20. El recurso preventivo en el trabajo: Funciones, valoración de riesgos, aplicación de medidas preventivas.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Oficial guardallaves
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. Red de abastecimiento de Zaragoza. Depósitos de agua de la ciudad. Depósitos de Casablanca, Valdespartera y Academia General Militar. Subredes de la ciudad. Ámbitos de actuación. Principales arterias.
Tema 6. Interpretación de la cartografía del Servicio de Explotación de Redes. Planos de proyectos y planos específicos de guardallaves. Sistema de información geográfica.
Tema 7. Teoría y práctica del corte y la restitución del suministro de agua. Protocolo de actuación en una rotura de la red de abastecimiento.
Tema 8. Conocimientos fundamentales. Conceptos básicos: masa y volumen, densidad, peso y peso específico, caudal y velocidad del agua en las conducciones. Relación entre caudal, velocidad y sección. Unidades. Conversión de unidades. Simbología.
Tema 9. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete, Unidades. Conversión de unidades. Simbología.
Tema 10. Estructura de las conducciones. Elementos de las conducciones: tuberías de fundición, uniones, tuberías de hormigón, uniones, tuberías de fibrocemento, uniones, tuberías de acero, uniones, tuberías de polietileno, uniones, tuberías de PVC, uniones. Pruebas a realizar en la red de conducción de agua.
Tema 11. Válvulas: Válvulas. Tipología. Válvulas de compuerta: De cierre elástico, de cierre metal, estanqueidad en ambos sistemas. Descripción de sus componentes. Válvulas de mariposa: De eje excéntrico, de eje cerrado. Utilización de uno u otro sistema. Estanqueidad en ambos tipos. Descripción de sus componentes. Válvulas reductoras de presión: funcionamiento.
Tema 12. Otros elementos auxiliares de la red: Hidrantes, desagües, bocas de riego, ventosas, tomas de agua, válvulas de seguridad
Tema 13. Acometidas domiciliarias de agua potable. Normativa, características, materiales e instalación.
Tema 14. Válvulas eléctricas. Electrónica y mecánica aplicada en actuadores reductores. Corriente eléctrica, funcionamiento de los motores eléctricos, introducción al automatismo, descripción del contactor, elementos de mando, elementos de protección, cuadro de maniobras para válvulas motorizadas, válvulas motorizadas (montaje y ajuste).
Tema 15. Procedimientos para la detección y localización de averías en la red (método acústico, otros métodos).
Tema 16. Funcionamiento general de la red. Escalones de presión. Sectorización.
Tema 17. Instalaciones de riego. Materiales y diferentes elementos que componen la red de riego.
Tema 18. Contador de agua, caudalímetro. Instalación y montaje de los mismos.
Tema 19. Cámaras, arquetas en la red de abastecimiento de agua, nudo tipo para válvulas, trampillos.
Tema 20. Prevención de riesgos laborales en trabajos de guardallaves. Condiciones de seguridad en el uso de equipos y herramientas de trabajo. Riesgos higiénicos y medidas preventivas. Técnicas de rescate en cámaras de la red de abastecimiento. Trabajos en espacios confinados.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.
Auxiliar administrativa/o
Parte primera
Tema 1. La Administración pública en la Constitución. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios generales. Organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Titulo preliminar, título III y título V.
Tema 2. El municipio. Territorio y población. Régimen de organización de los municipios de gran población. Los recursos de las haciendas municipales. El presupuesto de los municipios: Contenido, aprobación y ejecución.
Tema 3. Empleados públicos: Clases. Adquisición y perdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad civil y penal. Régimen disciplinario. Estructura de la función pública local.
Tema 4. Plan de igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza: Áreas de trabajo y objetivos; seguimiento y evaluación; terminología de género; protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual.
Parte segunda
Tema 5. El administrado: Concepto y clases. Capacidad de obrar. Legitimación: El interesado. Representación. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. Participación ciudadana en el Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 6. Derechos de los ciudadanos. La calidad de los servicios de atención al ciudadano. La comunicación en la atención al ciudadano y situaciones en la atención al ciudadano. Referencia a la atención al ciudadano en el Ayuntamiento de Zaragoza.
Tema 7. El expediente administrativo. Términos y plazos. Concepto de documento, registro y archivo. Criterios de ordenación del archivo. El Registro de Entrada y Salida de documentos. La ventanilla única
Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura, ámbito de aplicación y principios generales. El procedimiento administrativo: Concepto y fases. El silencio administrativo. Ejecución.
Tema 9. El acto administrativo. Motivación. Notificación. Publicación. Eficacia de los actos administrativos. Validez e invalidez de los actos administrativos.
Tema 10. La revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Recursos administrativos.
Tema 11. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, compartidas y competencias distintas de las propias. Los servicios mínimos obligatorios.
Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales.
Tema 13. Acceso y selección de los empleados públicos. Provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa. Funciones del Auxiliar de Administración General.
Tema 14. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Las incompatibilidades. Derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios locales.
Tema 15. Prevención de Riesgos Laborales. Los Servicios de Prevención.
Tema 16. Formas de acción administrativa. Policía. Fomento. Servicio Público. Formas de gestión de los servicios públicos. Referencia al ámbito local.
Tema 17. Los bienes de las entidades locales. Concepto y clases de bienes. Prerrogativas. Adquisición y enajenación. Modalidades de utilización y aprovechamiento.
Tema 18. Los contratos administrativos en la esfera local. Concepto y clases de contratos. Elementos del contrato administrativo.
Tema 19. Haciendas locales: Ingresos. Presupuesto: El ciclo presupuestario en las entidades locales, documentos contables que intervienen en el ciclo presupuestario y estructura presupuestaria.
Tema 20. Urbanismo: Concepto, evolución y legislación vigente. Conceptos básicos del proceso de gestión urbanística (planeamiento, ejecución, intervención y disciplina).
Anexo de materias relacionadas con la prueba adicional práctica de aptitud
—Sistemas operativos para PC. Conceptos generales y marco del software libre. Manejo a nivel de usuario de Windows 10 y distribución Ubuntu de GNU/Linux.
—Ofimática e internet. Aplicaciones básicas de ofimática: tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos y presentaciones. OpenOffice Writer y Calc. Internet: Conceptos básicos, navegación y uso del correo electrónico.
* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollaran conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.