Es por tanto de vital importancia, que en los posibles acuerdos que pudiera alcanzar el comité de huelga y que fueren refrendados por la plantilla, contuviesen el compromiso a futuro de ocupar las plazas cuyo número de plaza coincida con el que estaba ocupado por la persona que se jubilaba o bien cuyo número de plaza no esté ocupado por un interino. Si las plazas ofertadas contienen a un interino, no son plazas nuevas, sino cambios de tipología de contrato de temporal a fijo. Las tasas de reposición son computables al numero de personas que se jubilan. Y esas tasas están hoy y en 2021 encima del 110% en sectores prioritarios y del 100% en los demás sectores. ¿Como puede ser que no se repongan ni las jubilaciones en cada servicio?…
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Ver Política de cookies