RECURSOS HUMANOS, MARTILLO DE HEREJES.
El funcionario público, no es otra cosa que una persona cuyo fin es prestar servicio a la ciudadanía. Comoquiera que la variedad de cometidos del funcionariado, además de prestar servicios cuyo disfrute es agradable a la ciudadanía también es la de cara visible de la recaudación de impuestos, sanciones, expedientes, etc., se percibe también como aquella persona que en un momento determinado puede amargarte la vida. Esto causa que una gran parte de la población tenga cierta inquina al funcionariado. Existen chistes sobre la asistencia o ausencia del trabajo o la celeridad para salir y entrar en él. Como si no existiese un control de las jornadas y del trabajo realizado. Pocas personas saben que gran parte del funcionariado ficha al entrar y al salir. Si esto no se produce no es algo computable al “funcionariado convencional”, sino como siempre, a quien tiene la competencia. Cada Servicio tiene delegadas las competencias que le permiten distribuir y gestionar su personal para la consecución de sus fines. Elabora cuadrantes de asistencia y ejerce el control de los mismos, concediendo los permisos y licencias. El control, es sin duda necesario para el correcto funcionamiento de lo que más se parece a un servicio de la ciudadanía y para la ciudadanía, aunque no deje de ser algo gestionado políticamente y que podría implicar que se no cumpla totalmente con esos fines.
Quién más y quién menos hemos oído hablar del Santo Oficio y de la Santa Inquisición. Una de las cosas que caracterizó a la Inquisición fue su proceso judicial. El principal rasgo del proceso inquisitorial fue que estaba basado en la sospecha y era iniciado de oficio. La acusación secreta, que se basaba en la sospecha, invertía la carga de la prueba, que de este modo obligaba al reo a demostrar su inocencia.
Desde la Oficina de Recursos Humanos, Martillo de herejes, Luz de Trento, Espada de Roma y cuna de San Ignacio, se inicia una campaña de control presencial del personal municipal de carácter inquisitorio. Inquisitorio porque se basa en la sospecha, saltando por encima de las Jefaturas de Servicio o Unidad que son quienes fijan tanto los calendarios del personal, como las tareas encomendadas para que el personal asignado cumpla con sus deberes. Al parecer se sospecha no sólo ya de los puestos de trabajo más bajos por no acudir a su trabajo, sino de quienes tienen la competencia delegada por las jefaturas de servicio para elaborar y controlar los calendarios de trabajo, puesto que de facto, controlar la asistencia de los subordinados no es otra cosa que intentar fiscalizar el desempeño correcto del trabajo de las jefaturas a cuyo cargo están esas personas. Parece ser que el ninguneo a las Jefaturas de Servicio se extiende más allá de ignorar sus peticiones de personal que sitúan a determinados Servicios al borde del colapso
Poco a poco llegan a las diferentes secciones sindicales personas con expedientes que comienzan de oficio y constan de un período de información reservada. “El procedimiento de información reservada, es un paso previo, en su caso, para determinar la apertura de un procedimiento disciplinario, lo que evita la apertura apresurada de expedientes disciplinarios sin un mínimo contraste de la realidad de los hechos denunciados“. Esta información reservada, se lleva a cabo mediante visita al centro de trabajo y constatación de si la persona está ausente o presente en el mismo. La ausencia (que puede ser por estar tomando el café, estar de fiesta o incluso estar acompañando al personal que realiza el control) queda así constatada de forma fehaciente al menos en los minutos de presencia de quien ejerce el control. Si se considera, para obtener más información, se procede a una comparecencia del trabajador o trabajadora a la que no puede acudir con asistencia legal alguna. De lo manifestado por el trabajador, (si la documentación no fuera suficiente) se puede dar lugar a apertura de expediente disciplinario. Tras la apertura de expediente, si así se considera, será el trabajador o trabajadora quien deba de justificar la carencia de documentación de la que pueda adolecer el citado proceso. Lo que percibimos de algunos casos, es que el procedimiento de información reservada, parce tener más de reservada, que de información.
Así pues, como si de un proceso inquisitorial se tratase, el “reo” es quien debe de aportar la documentación necesaria que demuestre que su ausencia se debía a que su calendario de trabajo, que comporta festivos y fines de semana, incluye días de libranza entre semana, o que justo en ese momento ha salido a tomar un café porque otra persona ya ha vuelto o es la primera, u otras situaciones que pueden darse como estar en otro lugar o lo que sea durante el normal devenir de una jornada de trabajo. Pese a la desconfianza en las jefaturas a tal efecto, aunque no es un asunto baladí, nos preocupa el MODO en el que se está realizando el proceso. No entramos en las formas empleadas que ya nos dicen en algunos casos que no son las adecuadas y en el consiguiente acto de fé en que quien se presenta como personal de RRHH lo sea realmente porque no porta ningún documento. Al parecer alguna persona procede sin presentar nada, ni la tarjeta que la identifica como personal municipal y que seguro porta consigo habida cuenta que habrá fichado al entrar para cobrar las horas extraordinarias generadas.
El control de asistencia, como ya hemos dicho en multitud de ocasiones, se soluciona con el fichado que es necesario para todos los puestos. Como en cualquier empresa normal que se precie. Porque quien más tiene que perder por no estar en su puesto de trabajo, es el trabajador o trabajadora. SIEMPRE. ¿O es que al final de este proceso no vamos a leer en la prensa una noticia para difundir que se han incoado “x” expedientes en el Ayuntamiento por faltas de asistencia al puesto de trabajo?. Al fin y al cabo, alguna explicación habrá que dar a la grave situación de falta de personal…