Como bien sabemos todo el personal municipal, el ayuntamiento se sirve de un sinfín de procedimientos para poner orden en esta casa, procedimientos que luego son aplicado con mayor o menor acierto al personal municipal, a las contratas e incluso a la ciudadanía en su relación con la corporación.

Aquí os facilitamos algunos de ellos, relacionados todos con la prevención.

Para más información consulta con el texto completo y para cualquier consulta, puedes ponerte en contacto con la sección sindical de CGT.



PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1302 

Descárgalo en el siguiente enlace: Procedimiento 1302

El Procedimiento 1302 tiene por objeto identificar y prevenir las situaciones de violencia en el trabajo que incluyen la agresión por parte de un usuario hacia un trabajador o trabajadora en su puesto de trabajo. En caso de que se produzca la agresión, el Procedimiento, ofrece al trabajador el asesoramiento legal oportuno.

Cuando se habla de agresión, el Procedimiento contempla la agresión verbal y las actitudes amenazantes, y la agresión física.

Agresión verbal y actitudes amenazantes: es la acción de intimidación en la que se manifiestan  posibles riesgos para la integridad física y/o psíquica del trabajador, su familia o sus bienes.

Agresión Física: es la acción de violencia física sufrida por un trabajador en el desempeño de su trabajo, conlleve o no, lesión.

Para poder identificar y prevenir las situaciones de riesgo de violencia en el trabajo, es necesario elaborar un mapa de riesgos para ubicar geográficamente los centros municipales donde se han producido agresiones, tanto verbales como físicas, provocadas por los usuarios, y para ello es necesaria tu colaboración.

Por lo tanto cuando seas víctima de una agresión, ya sea verbal o física, independientemente de que se hayan producido o no lesiones, rellena el Anexo I del Procedimiento y facilita una copia a tu Jefatura del Servicio y la otra al servicio de prevención acompañada del siguiente texto:

Adjunto remito el siguiente documento para su tratamiento como dato aportado para la elaboración del Mapa de Riesgos, de acuerdo con el PPRL 1302″



PROCEDIMIENTO DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES PRL 1303

Descárgalo en el siguiente enlace: Procedimiento 1303

El Procedimiento de PRL 1303 tiene por objeto prevenir, identificar y evaluar las posibles situaciones de violencia en el trabajo, incluido el acoso laboral, entre la plantilla municipal, así como establecer las pautas de actuación a seguir ante cualquiera de estas situaciones.

Este procedimiento se aprobó por primera vez en 2010 y se denominaba PPRL- 3000, posteriormente pasó a llamarse PPRL-1303 y tras varias modificaciones, se actualizó en enero de 2021. Actualmente se denomina: “Protocolo de actuación frente a situaciones de violencia interna y acoso en el trabajo”. Es de aplicación a la totalidad del personal municipal, así como a las empresas externas contratadas por el Ayuntamiento de Zaragoza, empresas colaboradoras, sociedades y patronatos municipales, las cuales deben estar informadas de la existencia de este Procedimiento y también el personal de las mismas.



FOLLETO INFORMATIVO DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO.

Los Delegados y Delegadas de Prevención de todos los sindicatos hemos elaborado este folleto informativo para animaros a todos y todas a que os hagáis el reconocimiento médico.

Además queremos que sepáis que cuando os hagáis el examen de salud, podéis rellenar una encuesta de satisfacción con preguntas relacionadas sobre el trato profesional y humano recibido entre otras; también podéis aportar sugerencias y observaciones.

La encuesta es anónima, se deposita en un buzón y las recogemos los delegados de prevención cada cierto tiempo.

Es muy importante vuestra opinión ya que la percepción que los trabajadores y trabajadoras tenemos sobre los exámenes de salud, pueden ser indicadores valiosísimos, para contribuir a la mejora de la calidad asistencial.

Ver Folleto

Ver cuestionario de satisfacción

procedimiento 1400 para realizar la vigilancia de la salud en el Ayuntamiento de Zaragoza.
ver procedimiento 1400



PARTES DE BAJA, CONFIRMACIÓN Y ALTA.

Por último, y no por ello menos importante, os recordamos que desde la aprobación del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre NO ES NECESARIA LA PRESENTACIÓN DE LOS PARTES DE ALTA, CONFIRMACIÓN Y BAJA de la incapacidad temporal, siendo directamente el INSS quien se encarga de comunicarlo a la empresa.